martes, 3 de octubre de 2017

IMPUESTOS EN GUATEMALA




IMPUESTOS EN GUATEMALA
Tanto el empresario local, como el inversionista extranjero deben de conocer cuál es el marco impositivo en Guatemala, para poder analizar su negocio con base a las obligaciones tributarias siguientes: 
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA equivalente al 12%
Es un impuesto que se paga por la prestación de servicios, enajenación de bienes muebles e inmuebles (salvo segunda y subsiguientes ventas o permutas de bienes inmuebles, ya que estos pagan el 3%) y las importaciones. El pago de impuesto se calcula sobre el valor de la transacción. Cuando una entidad paga IVA a otra persona (individual o jurídica) adquiere un crédito fiscal y cuando se lo pagan adquiere un débito fiscal, estas cuentas se pueden compensar.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA: Es los impuestos por la obtención de rentas de fuente guatemalteca. Es importante establecer que Guatemala únicamente grava las rentas que se generen en el territorio guatemalteco y las clasifica en las siguientes categorías: rentas de actividades lucrativas, rentas del trabajo y rentas del capital.  Las rentas de actividades lucrativas cuentan con dos regímenes:
a.       Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas:
                                                              i.      Base Imponible: Utilidades Netas (Ingresos - costos y gastos deducibles)
                                                            ii.      Tipo Impositivo: 25%
b.      Régimen Opcional Simplificado:
                                                              i.      Base Imponible: Ingresos Brutos
                                                            ii.      Tipo Impositivo:
1.      Si la renta es de Q0.01 a Q30, 000.00 el tipo impositivo es de 5%.
2.       Si la renta es de Q30, 000.01 en adelante, se paga un importe fijo de Q1500 y 7% sobre el excedente de Q30, 000.00
NOTA. Las rentas por Ganancias de Capital son todas aquellas rentas que se generan por actividades que realicen la sociedad o la persona distintas a su giro ordinario. El tipo impositivo es del 10%.
NOTA. Las rentas de trabajo son todas aquellas rentas provenientes de toda clase de contraprestación, retribución o ingreso, cualquiera sea su denominación o naturaleza, que deriven del trabajo personal prestado por un residente en relación de dependencia, desarrollado dentro de Guatemala o fuera de Guatemala.
Su tipo impositivo es el siguiente:
·         Si la renta es de Q0.01 a Q30, 000.00 el tipo impositivo es de 5%.
·         Si la renta es de Q30, 000.01 en adelante, se paga un importe fijo de Q1500 y 7% sobre el excedente de Q30, 000.00
IMPUESTO DE SOLIDARIDAD
Es un impuesto que se paga por la realización de actividades mercantiles, únicamente están afectadas a este impuesto las entidades que tengan un margen bruto mayor al 4% de ingresos brutos.
Tipo impositivo: 1%. Este impuesto es acreditable con el Impuesto al Valor Agregado (hay casos en donde se puede estar exento)
 Base Imponible: La que sea mayor entre:
·         La cuarta parte de los ingresos brutos
·         El valor de la cuarta parte de los activos

INCENTIVOS FISCALES:
Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, la cual otorga beneficios fiscales como por ejemplo la exoneración de los impuestos de importación sobre las materias primas, exención de 10 años sobre el Impuesto Sobre la Renta sobre las utilidades provenientes de la exportaciones, entre otros beneficios fiscales.
Ley de Zonas Francas, con el objetivo de dedicarse a la producción o comercialización de bienes para la exportación o prestación de servicios con el comercio internacional pueden optar por ubicar sus instalaciones en un área de terreno físicamente delimitada, planificada y diseñada que esté sujeta a un Régimen Aduanero Especial (zona franca), siempre que cuentan con la autorización del Ministerio de Economía. Dentro de sus beneficios se encuentran exoneración de impuestos, derechos arancelarios y cargos aplicables a la importación; exoneración del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado.