sábado, 13 de abril de 2013

Asamblea General. Empresa en Guatemala


ASAMBLEA GENERAL
Es el órgano supremo de la sociedad, y expresa la voluntad de los socios para ciertas materias. Se forma por los accionistas legalmente convocados y reunidos y pueden ser ordinarias o extraordinarias.
La Asamblea Ordinaria se reúne por lo menos una vez al año y tiene que discutir ciertos puntos como aprobar el estado de pérdidas y ganancias, el balance general, informe de administración, etc. así mismo nombrar y remover administradores y órgano de fiscalización y el cómo distribuir utilidades entre otras cosas.


La Asamblea Extraordinaria se reúne para tratar ciertos asuntos como: alguna modificación en la escritura social, creación de acciones de voto preferente o limitado, etc. y otras que norma el código de comercio.
En términos generales es así como se compone una sociedad anónima. Pero para ello como se dijo anteriormente, se necesita de una empresa mercantil, entonces el trámite en la práctica se realiza en conjunto, se inscribe tanto la S.A. como la empresa mercantil en un mismo trámite de conformidad con los siguientes pasos:

1)    Se debe llenar una solicitud de inscripción de sociedad mercantil ante la SAT, y el Registro Mercantil y luego se debe pagar por la inscripción que va a variar con relación al capital suscrito y pagado que se pacte.
2)    En la ventanilla Ágil Plus se debe presentar:
a.    Formulario autenticado
b.    Fotocopia simple del testimonio de la escritura
c.     Dos originales de la solicitud
d.    Recibo de pagos
e.    Testimonio original y duplicado debidamente firmado
f.      Acta original de nombramiento y duplicado
g.    Documento de identificación del representante legal.
h.    Carta que se dará en arrendamiento el inmueble a la sociedad.

3)    La SAT y el departamento jurídico del Registro Mercantil calificará el expediente y si es aprobado asignará el NIT a dicha sociedad. Con ello se tiene por inscrita provisionalmente y se emite el edicto para publicarlo en el diario oficial.
4)    El expediente remitido al departamento encargado para inscribir el nombramiento del representante legal.
5)     El registro Mercantil devolverá todo el expediente y el interesado debe publicar el edicto en el Diario Oficial, esto para que se opongan terceros, pero si no hay oposición se realiza un memorial solicitando al Registro Mercantil la inscripción definitiva de la sociedad.
6)    Se inscribe la sociedad y la empresa.


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