miércoles, 25 de septiembre de 2013

Aspectos más importantes al crear una empresa en Guatemala




Aspectos más importantes al crear una Empresa en Guatemala

o   Elección de la denominación social. (por ejemplo Centro Legal, S.A).
o   Luego debes decidir el capital autorizado. En Guatemala, el capital Mínimo para crear una S.A es Q. 5,000.00 pero el Capital autorizado, puede ser mayor (si tienes dudas respecto a la diferencia de uno y otro, contáctanos a: info@abogadosenguatemala.com o ingresa al chat en línea en la página: www.abogadosenguatemala.com)
o   Elegir el domicilio, dónde va estar ubicada la sociedad. Esto es fundamental para poder recibir correspondencia y queda registrada ante la SAT.
o   Indicar quién va a ejercer como Representante Legal (ésta persona debe estar facultada para realizar todos los procedimientos ante el Registro Mercantil, firmar documentos etc., pero sus facultades PUEDEN ESTAR LIMITADAS).
o   Órgano de administración: El órgano de Administración es el encargado de EJECUTAR lo que decidan los socios en Asambleas. Es decir, la Asamblea (la cual está conformada por todos los socios, designan a una (administrador único) o más personas (consejo de administración) para que realicen todo lo que se decida en la Asamblea. Importante saber que los mismos socios /accionistas pueden ser el Órgano de Administración o cualquiera de ellos pueden fungir como Administrador Único y Representante Legal.
o   Definir cual va a ser el objeto de la sociedad, es decir, a qué se va dedicar y cual va a ser el giro de la misma. Normalmente se deja un objeto AMPLIO para no cerrar las opciones y permitirle a la sociedad posteriormente tener distintos giros. Sin embargo, es importante mencionar de manera clara, la principal actividad.
o   ¿Quién ES UN REPRESENTANTE LEGAL?, Como su nombre lo establece, persona que debe representar a la sociedad mercantil. Obligatoriamente se debe inscribir al Representante Legal dentro del rubro de AUXILIARES DE COMERCIO, y deberá ser nombrado en ACTA NOTARIAL por los miembros de la Asamblea, es decir, los accionistas. Ésta persona puede ser el Presidente del Consejo de Administración o el Administrador Único. Normalmente se eligen por un plazo de tres años pero puede ser por menos (1-2).
o   Indicar un contador autorizado para que se encuentre a cargo de la contabilidad y normalmente, de los aspectos fiscales de la sociedad.

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