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miércoles, 6 de septiembre de 2017

Sociedad Anónima, la famosa SA en Guatemala





SOCIEDAD ANÓNIMA, LA FAMOSA SA EN GUATEMALA

La sociedad anónima es el figura jurídica más utilizada para ser comerciante en Guatemala. Esto por varias razones es la que más se acomoda a los clientes. A veces la sociedad anónima incluso se prefiere por las personas que van a iniciar un negocio en Guatemala por si solos, estas personas terminan por inclinarse a conseguir un socio extra (una persona que les va a hacer el favor de ser socio para cumplir con el requisito de la ley guatemalteca de tener al menos dos socios) y conformar la S.A.

Las razones por las que los socios se inclinan a escoger la sociedad anónima son variadas. La principal definitivamente es la responsabilidad limitada que esta brinda a los socios. Los socios aportan dinero o en especie su parte para que se les otorgue la calidad de socios, y la sociedad va a responder a sus obligaciones sociales hasta el monto de  sus aportes y nada más. Es decir que el patrimonio personal de los accionistas queda protegido.

Otra de las razones es que la sociedad anónima da la facilidad de poder vender la calidad de socio por medio de la transmisión de acciones nominativas. Siempre existen limitaciones legales y consensuales a esta transmisión, pero en principio lo que importa es el negocio y no las personas que conforman los socios.

La sociedad anónima cuenta con 3 órganos importantes que se encargan de su eje y maneje:

1) primero vemos que la S.A. cuenta con la Asamblea General  de Accionistas la cual tomas las decisiones de la SA por medio de sesiones donde se vota conforme a la ley y a la escritura social.
2) Luego tenemos al órgano de administración que ejecuta las decisiones que toman los socios en la asamblea antes mencionada. Se compone de un órgano de administración o un administrador único.
3) Por último está el órgano de fiscalización que ejerce de policía. Este busca que las operaciones sean correctas y que no afecten a un socio favoreciendo a otro.

El capital mínimo que establece la ley para abrir una SA en Guatemala es de Q5,000.00. Con este capital la sociedad puede iniciar a obligarse y a tener derechos. La SA tiene personalidad jurídica propia y separada de la de los socios.

Es importante conocer el negocio para poder determinar bastantes aspectos que hacen a tu sociedad única y a la medida. Una Sociedad Anónima es un vehículo perfecto para llevar a cabo un negocio en Guatemala, pero este debe de ser asesorado adecuadamente. Nosotros te invitamos a contactarnos, contamos con los expertos que buscas no importando si eres extranjero, una entidad internacional o un comerciante guatemalteco. Estamos capacitados para estructurar tu negocio.

jueves, 20 de julio de 2017

REGISTRO MERCANTIL DE GUATEMALA





REGISTRO MERCANTIL DE GUATEMALA

Cualquier persona (individual o jurídica) previo a realizar cualquier tipo de actividad comercial dentro del territorio Guatemalteco necesariamente tendrá que buscar la inscripción de Instrumentos que le ayuden principalmente a publicitar los servicios y productos que busque brindar al público en general. Y es por ello que debe hacerlo dentro del Registro Mercantil de Guatemala.  
El Registro Mercantil de Guatemala es una institución que forma parte del Ministerio de Economía desde el año de 1971, tanto por lo que hace a su nombramiento, como al orden administrativo, y permite el registro y certificación de los actos mercantiles, las sociedades nacionales y extranjeras, empresas mercantiles, los comerciantes individuales y todas sus modificaciones en Guatemala, dando certeza y seguridad jurídica.

El Registro Mercantil de Guatemala es el encargado de inscribir, cualquier tipo de Sociedades mercantiles (la más usual es la Sociedad Anónima), emite patentes de sociedad y de empresa las cuales distinguen dentro del comercio en general las actividades a las que se dedican las personas ya sean individuales o jurídicas. Asimismo se inscriben o renuevan los Nombramientos de Administradores, Gerentes y Representantes legales de cualquier sociedad. 
En conclusión el Registro Mercantil de Guatemala brinda al comerciante las posibilidades de registro, archivo, inscripción y prácticamente llevar a cabo cualquier trámite concerniente al área mercantil del Derecho Guatemalteco, permitiendo así una protección de todo tipo de actividad comercial dentro de Guatemala.

martes, 29 de enero de 2013

Pasos para crear empresa en Guatemala





Pasos para crear empresa en Guatemala

Pasos para la creación de empresa en Guatemala (Sociedad Anónima):
Elaboración de Escritura Pública que contiene el contrato de Constitución de Sociedad Anónima.
Consignar las generales de los socios.
Denominación social de la sociedad. 
Establecer capital suscrito y pagado.
Transcribir la boleta del depósito bancario para apertura de cuenta. 

Realizar el trámite respectivo ya sea por medio electrónico como lo es MiNegocio.gt o bien, avocarse al Registro Mercantil para hacerlo físicamente. 

Llevar a cabo los plazos establecidos tanto para la inscripción provisional, la publicación del edicto en el Diario Oficial, así como el plazo establecido para entrega de la inscripción definitiva. 

PROCEDIMIENTO INSCRIPCION SOCIEDADES





CREAR EMPRESA GUATEMALA

¿Qué es una sociedad mercantil?: Es un contrato por el que dos o más personas convienen en poner en común bienes y servicios para ejercer una actividad económica y dividirse las ganancias. (Articulo 1728 del Código Civil de Guatemala). Por tanto, es un contrato plurilateral en el cual varias personas se obligan entre sí, para la consecución de un fin común, constituyéndolo en una persona jurídica a que dotan de patrimonio propio y regulando las relaciones de los socios entre sí y con la sociedad. Las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes sociales, tal y como lo establece el artículo 3 del Código de Comercio de Guatemala. 

I. Inscripción de una Sociedad Mercantil

a) Se debe llevar a cabo una búsqueda de la certificación negativa de denominación y nombre comercial que los socios hayan adoptado para la sociedad. 
b) Obtener carta de apertura de cuenta bancaria que extiende el Notario a los socios quienes con el Representante Legal de dicha entidad deberán realizar el depósito que están dispuestos a realizar como capital suscrito y pagado que no puede ser menor a Cinco Mil Quetzales Q. 5,000.00. La entidad bancaria deberá extender una boleta de depósito que el Notario transcribe en dicha escritura constitutiva de la sociedad para su formación. 
a. Carta donde se consigna denominación de la sociedad, capital pagado, domicilio de la sociedad, objeto, DPI del Representante Legal. 
c) Pagar los costos arancelarios por inscripción de sociedad. (Sociedades con capital menor a Q. 300,000.00)
a. Q. 15.00 Elaboración de edicto
b. Q. 627.34.00 publicación de edicto. 
c. Q. 125.00 Empresa mercantil
d. Q. 125.00 Nombramiento como Auxiliar de Comercio del Representante Legal. 
e. Q. 100.00 Libros contables 
d) Llenar formulario y solicitud en MiNegocio.gt, donde se subirán al sistema todos los documentos tanto legales como boletas de pago debidamente escaneados. 
a. Recibos de pago de los honorarios por inscripción de la sociedad, edicto, nombramiento del representante legal y empresa de la sociedad.
b. Testimonio original de la escritura pública de constitución de sociedad y un duplicado debidamente firmado, sellado y numerado por el notario.
c. Acta original del nombramiento del representante legal nombrado en la escritura constitutiva de la sociedad y duplicado de la misma.
d. Original y fotocopia simple del documento de identificación del representante legal (DPI o pasaporte).
e. Recibo de luz, agua o teléfono en original y fotocopia simple (si el recibo está a nombre distinto del de la sociedad, presentar contrato de arrendamiento o factura de pago de renta o carta indicando que se dará en arrendamiento el inmueble a la sociedad).
e) El expediente es calificado por el Departamento de Asesoría Jurídica.  Si todo está correcto y conforme la ley, se remite al Departamento de Sociedades que, previo a la inscripción provisional remite el expediente a la Oficina de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-ubicada dentro del mismo Registro Mercantil para que se le asigne NIT a la sociedad. El expediente pasa de nuevo al Departamento de Sociedades que inscribe provisionalmente la sociedad y emite el edicto para su publicación una vez en el Diario Oficial, cuya entrega puede solicitarse en el departamento de MiNegocio. 
f) Luego, es remitido al Departamento de Auxiliares de Comercio, para que inscriba el nombramiento del representante legal de la sociedad y una vez hecha esta inscripción, el expediente regresa a MiNegocio para que se entregue al interesado:
a. El nombramiento del representante legal con su razón de inscripción, de la constancia de inscripción de la sociedad en el Registro Unificado Tributario –RTU- y si lo hubiera solicitado, también se le entregarán  la resolución de habilitación de libros, la autorización de facturas y la acreditación de imprenta.
g) Ocho días hábiles después de la publicación del edicto, se debe presentar en el departamento de MiNegocio lo siguiente:
a. La página completa del Diario de Centro América, en donde aparece la publicación del edicto de la inscripción provisional. 
b. El testimonio original de la escritura.
h) El Departamento de Sociedades inscribe definitivamente la sociedad y emite las patentes, remitiendo el expediente al Departamento de Empresas Mercantiles, quien luego de inscribir la empresa de la sociedad y emitir la patente de comercio de empresa  lo remite nuevamente al departamento de MiNegocio, en donde el interesado recoge:
a. El testimonio de la escritura constitutiva de la sociedad, con su razón de inscripción.
b. La patente de comercio de sociedad.
c. El acta de nombramiento del representante legal con su razón de inscripción
d. La patente de comercio de la empresa de la sociedad
i. Se deben adherir Q 200.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de Sociedad.
ii. Adherir Q 50.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de empresa.
Finalmente el interesado debe avocarse a cualquier ventanilla dentro del Registro Mercantil para que se les ponga el sello a los timbres adheridos en las patentes.