miércoles, 2 de octubre de 2013

Fusión en Guatemala


TRÁMITE – REQUISITOS DE UNA FUSIÓN EN GUATEMALA:




Paso 1: ACUERDO DE FUSION:
Puede ser en Asamblea Extraordinaria u Ordinaria: no dudes en consultarnos cuál es la más recomendable en tu caso, ya que no es lo mismo.
- Inscripción de la Asamblea: transcripción de los puntos relevantes
- Publicación en el Diario Oficial y otro de mayor circulación
- 2 meses de espera: tiempo para recibir oposiciones (normalmente en protección de los acreedores)
- OJO: hasta éste paso, las sociedades DEBEN de seguir intactas en su contabilidad, facturación etc.
- Trámite de cancelación, ya sea de la absorbida o de las dos o más sociedades que desaparecen para la constitución de una nueva sociedad mercantil
- Unificación de Balance etc.


* Obligación de dar Avisos a las entidades respectivas, acreedores etc. De los cambios resultantes
- Nota: No siempre se requiere de una modificación de la escritura social, ni de ampliar el capital social
- En caso no se haya notificado debidamente a los accionistas, o contra cualquier abuso por parte del órgano de administración, puedes interponer el recurso de amparo.

domingo, 29 de septiembre de 2013

Facultades Representante legal En Guatemala


     





¿Quién ES UN REPRESENTANTE LEGAL? Aquella persona que puede y debe representar a la sociedad mercantil. Se inscriben en el área de AUXILIARES DE COMERCIO, y deberá ser nombrado en ACTA NOTARIAL por los miembros de la Asamblea, es decir, los accionistas. Ésta persona puede ser el Presidente del Consejo de Administración o el Administrador Único. Normalmente se eligen por un plazo de tres años.

Si el control de la sociedad no estará en cabeza de los socios, es muy importante tener MUCHO cuidado con las facultades que le otorgues a los administradores/representantes legales de tu sociedad. Muchas veces creemos que ellos cuentan con facultades amplias porque así lo determina el objeto social de la escritura constitutiva. 

Sin embargo, existen normas que se refieren al GIRO HABITUAL de la empresa, conceptos que no implican lo mismo. No dudes en contactarnos, en CENTRO LEGAL GUATEMALA, Abogados en Guatemala podremos asesorarte para que los actos o contratos que realicen tus representantes sean válidos y no tengas problemas de nulidad en el futuro.

viernes, 27 de septiembre de 2013

Constituir Empresa en Guatemala desde el Extranjero




¿PUEDES CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA GUATEMALTECA EN EL EXTRANJERO?

    La respuesta es no. El notario guatemalteco puede realizar actos en el extranjero, como por ejemplo un Mandato. Sin embargo, las sociedades mercantiles requieren del cumplimiento de algunas formalidades, dentro de ellas la más importante: deberá constar en Escritura Pública. Lo que quiere decir entonces es que se puede otorgar un Mandato a un Abogado en Guatemala y se le puede dotar de facultades para realizar los trámites por usted.

Pregúntanos sobre este servicio.

miércoles, 25 de septiembre de 2013

Aspectos más importantes al crear una empresa en Guatemala




Aspectos más importantes al crear una Empresa en Guatemala

o   Elección de la denominación social. (por ejemplo Centro Legal, S.A).
o   Luego debes decidir el capital autorizado. En Guatemala, el capital Mínimo para crear una S.A es Q. 5,000.00 pero el Capital autorizado, puede ser mayor (si tienes dudas respecto a la diferencia de uno y otro, contáctanos a: info@abogadosenguatemala.com o ingresa al chat en línea en la página: www.abogadosenguatemala.com)
o   Elegir el domicilio, dónde va estar ubicada la sociedad. Esto es fundamental para poder recibir correspondencia y queda registrada ante la SAT.
o   Indicar quién va a ejercer como Representante Legal (ésta persona debe estar facultada para realizar todos los procedimientos ante el Registro Mercantil, firmar documentos etc., pero sus facultades PUEDEN ESTAR LIMITADAS).
o   Órgano de administración: El órgano de Administración es el encargado de EJECUTAR lo que decidan los socios en Asambleas. Es decir, la Asamblea (la cual está conformada por todos los socios, designan a una (administrador único) o más personas (consejo de administración) para que realicen todo lo que se decida en la Asamblea. Importante saber que los mismos socios /accionistas pueden ser el Órgano de Administración o cualquiera de ellos pueden fungir como Administrador Único y Representante Legal.
o   Definir cual va a ser el objeto de la sociedad, es decir, a qué se va dedicar y cual va a ser el giro de la misma. Normalmente se deja un objeto AMPLIO para no cerrar las opciones y permitirle a la sociedad posteriormente tener distintos giros. Sin embargo, es importante mencionar de manera clara, la principal actividad.
o   ¿Quién ES UN REPRESENTANTE LEGAL?, Como su nombre lo establece, persona que debe representar a la sociedad mercantil. Obligatoriamente se debe inscribir al Representante Legal dentro del rubro de AUXILIARES DE COMERCIO, y deberá ser nombrado en ACTA NOTARIAL por los miembros de la Asamblea, es decir, los accionistas. Ésta persona puede ser el Presidente del Consejo de Administración o el Administrador Único. Normalmente se eligen por un plazo de tres años pero puede ser por menos (1-2).
o   Indicar un contador autorizado para que se encuentre a cargo de la contabilidad y normalmente, de los aspectos fiscales de la sociedad.

lunes, 23 de septiembre de 2013

ASAMBLEA GENERAL EMPRESA EN GUATEMALA




Es el órgano supremo de la sociedad, y expresa la voluntad de los socios para ciertas materias. Se forma por los accionistas legalmente convocados y reunidos y pueden ser ordinarias o extraordinarias.

La Asamblea Ordinaria se reúne por lo menos una vez al año y tiene que discutir ciertos puntos como aprobar el estado de pérdidas y ganancias, el balance general, informe de administración, etc. así mismo nombrar y remover administradores y órgano de fiscalización y el cómo distribuir utilidades entre otras cosas. 


La Asamblea Extraordinaria se reúne para tratar ciertos asuntos como: alguna modificación en la escritura social, creación de acciones de voto preferente o limitado, etc. y otras que norma el código de comercio.


En términos generales es así como se compone una sociedad anónima. Para su ejercicio se crea una empresa mercantil, por lo que el trámite en la práctica se realiza en conjunto, se inscribe tanto la S.A. como la empresa mercantil en un mismo trámite.

Abogados en Guatemala, cuenta con amplia experiencia en Derecho comercial y contractual.

viernes, 20 de septiembre de 2013

Aportar una empresa Mercantil a una Sociedad en Guatemala







¿Sabías que para “aportar una empresa mercantil” a una sociedad anónima, deberás de realizar el trámite establecido por ley para las fusiones?, no dejes de revisar cada uno de los requisitos o consúltanos y con gusto te podremos asesorar. Es importante diferencia entre: venta de activos y venta de una empresa mercantil con TODOS sus elementos (entiéndase: inventario, maquinaria, marca, etc.)

Para constituir una sociedad anónima deberás de contar con un CAPITAL MINIMO de Q. 5,000.00. Sin embargo, es el UNICO tipo social que la ley le establece un mínimo. Es decir, si deseas constituir una sociedad de responsabilidad limitada, puedes hacerlo con Q. 3,000.00 o menos. Más información en Abogados en Guatemala

miércoles, 18 de septiembre de 2013

Empresas de Personas y de Capitales en Guatemala.





EXISTEN SOCIEDADES MERCANTILES, EN DONDE LO QUE IMPORTA SON LAS 
PERSONAS QUE LA CONFORMAN Y EXISTEN SOCIEDADES QUE TIENE 
REPRESENTADO SU CAPITAL EN ACCIONES.

Comúnmente los negocios se concretan por medio de las sociedad de capital. Estas son aquellas 
asociaciones de personas en las cuales su esquema dentro de la sociedad está sujeto al aporte 
dinerario. El aporte dinerario es fundamental para fijar las responsabilidades de cada uno de los 
socios, ya que éstos responderán hasta el monto de lo aportado. 
Las sociedades de personas son empresas cerradas, quiere decir que la transferencia de cuotas de 
participación queda restringido ya que cada socio nuevo requiere la aprobación de todos los demás 
socios. 

Un dato importante es que el socio industrial, quien aporta su “intelecto” (ejemplo: un chef) para 
que la actividad principal de la sociedad se lleve a  cabo, es recomendable que se opte por el tipo 
social de las sociedades de personas, por ejemplo, la sociedad colectiva y no la sociedad anónima. Ya 
que de elegir la sociedad anónima deberán “justipreciar” (determinar un valor) a la aportación, 
aspecto muy subjetivo que más adelante podría conllevar problemas en su ejecución. (para mayor
información artículo 27, 82 del código de comercio).

lunes, 16 de septiembre de 2013

QUIENES PUEDEN SER SOCIOS EN UNA SOCIEDAD EN GUATEMALA?






¿QUIENES PUEDEN SER SOCIOS EN UNA SOCIEDAD EN GUATEMALA?

o   Es interesante saber que los menores pueden ser socios y propietarios de una sociedad accionada si se requiere con la autorización judicial  que les permite disponer de los bienes que le pertenecen, y realizar una aportación que los convierte en accionistas.
o   ¿Pueden las Asociaciones Civiles sin fines de lucro ser socios de una sociedad mercantil? Si, en cuanto lo permitan sus estatutos sociales y los dividendos / ganancias que reciban las utilicen para los fines que se encuentra destinada la asociación.

Abogados  En Guatemala, responde a estas y otras preguntas. 

viernes, 13 de septiembre de 2013

Organos de Administración. Empresa en Guatemala






1.     ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

Puede haber varios administradores (actuando en forma conjunta) o, un administrador único. Ambos tienen a su cargo la dirección de los negocios de la sociedad. Éstos administradores pueden ser o no socios y se eligen por medio de Asamblea General por un período, regularmente, de tres años. (Se permite reelección). Las facultades que ellos tendrán, se van a detallar en el contrato de la sociedad y, por lo establecido en ley. Es por ello, que es SUMAMENTE importante que, previo a la constitución de una sociedad y al momento de elegir un representante legal, consultes sobre sus alcances.

·       Representación Legal.: El administrador único o el consejo de administración van a tener la representación legal de la S.A., pero se puede pactar en contrario y nombrar a otro representante legal por ejemplo. Representación legal es la función que se le otorga a alguien para que, tratándose de una persona jurídica, actúe en su nombre. Es decir, las sociedades mercantiles siempre se necesitan de representación. También puede tener la representación legal, más personas además del órgano de administración, por ejemplo un Gerente General.

2.     ORGANO DE FISCALIZACION

Es un órgano QUE SIEMPRE EXISTE (tres órganos permanentes: asamblea [decisión], administración [ejecución], fiscalización [vigilancia]), es el órgano policía, que vigila los actos de los administradores y se limita a hacerlo ver a la asamblea y a los propios administradores.


Abogados en Guatemala, le asesora en todo el trámite de creación de empresas en guatemala.

martes, 10 de septiembre de 2013

EMPRESA VS. SOCIEDAD MERCANTIL. DIFERENCIAS – EXPLICACIÒN ORGANOS


·      
Debemos de entender que una sociedad mercantil NO ES IGUAL que una empresa en Guatemala. Comúnmente las personas se refieren a las sociedades anónimas, como empresas. Sin embargo, el concepto es distinto. Una empresa mercantil es el CONJUNTO de elementos, por ejemplo: establecimiento, clientela, fama mercantil, nombre comercial, marca, contratos, maquinaria, mercadería etc. Nos referimos a la empresa, como el NÙCLEO de la actividad comercial. Una sociedad mercantil PUEDE ser dueña de MUCHAS EMPRESAS. La sociedad es un ENTE DIFERENTE a las personas individuales que la conforman. Es decir, se crea una PERSONA JURIDICA que tiene derechos y obligaciones propias. Si tienes dudas, contáctanos a: info@abogadosenguatemala.com o ingresa al CHAT EN LINEA en la página: www.abogadosenguatemala.com y con gusto podemos ayudarte.

domingo, 8 de septiembre de 2013

Tipos de Sociedades En Guatemala:




Tipos de Sociedades En Guatemala


Nuestro ordenamiento jurídico incluye dentro de lo que son las personas jurídicas a “las sociedades”, consorcios y cualesquiera otras con fines lucrativos..”. Se debe tener claro el concepto de Sociedad Mercantil para poder abordar los distintos tipos de Sociedades que contempla nuestra legislación. Para ello, debemos recurrir primero al Código Civil que es el cuerpo legal que lo define y el Código de Comercio parte de dicha definición. 

Artículo 1728 del Código Civil establece que “La sociedad es un contrato por el cual dos o más personas convienen en poner en común bienes o servicios para ejercer una actividad económica y dividirse las ganancias”. El Código de comercio dispone que “Las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto”. 

Las sociedades mercantiles son elaboradas en escritura pública para su existencia y existe un elemento patrimonial constituido por bienes o trabajo. Las personas interesadas en crear una sociedad mercantil deben decidir respecto a los órganos, los cuales comúnmente son: el a) órgano de administración, el encargado de EJECUTAR las decisiones tomadas por el b) órgano superior, que es la asamblea de accionistas, y el c) órgano de fiscalización compuesto por auditorios y/o contadores.

En Guatemala existen diversas formas jurídicas para crear empresa en Guatemala: 
a) sociedad colectiva; 
b) sociedad en comandita simple; 
c) sociedad de responsabilidad limitada; 
d) sociedad anónima; y 
e) sociedad en comandita por acciones. 
Sin embargo, las más comunes son: sociedad anónima y sociedad de responsabilidad limitada. Existe una diferencia principal entre una y otra. La Sociedad Anónima (s.a.) es una sociedad accionada, lo que quiere decir que es una sociedad en donde los porcentajes (las aportaciones de los socios) son representados por acciones. Actualmente, las acciones únicamente pueden ser “Nominativas”. Es decir, cada accionista debe de ser identificado como tal y en el porcentaje correspondiente. Por ejemplo, una sociedad denominada como “Centro Legal, S.A” con un capital de 100 quetzales, XX es dueño del 60% y ZZ es dueño del 40% restante. Cada uno tuvo que haber aportado (ya sea en dinero o en bienes) la cantidad respectiva. Ellos tienen representada su aportación de la siguiente manera: XX tiene 6 acciones, cada una de valor nominal Q.10.00 y ZZ tiene 4 acciones de valor Q. 10.00 cada una. Busca Asesoría con nosotros para poder guiarte en la estructura societaria, y encuentres en las sociedades mercantiles el vehículo adecuado para tus inversiones o tu negocio.

Por el contrario, en las sociedades de responsabilidad limitada(s.l.) son sociedades de personas, están compuestas por varios socios (máximo 20, diferente a la S.A que no tiene limitante), en donde los socios sólo están obligados al pago de sus aportaciones, es decir, que por las obligaciones sociales RESPONDE ÚNICAMENTE el patrimonio de la sociedad (la suma de todas las aportaciones). El capital estará dividido en aportaciones que no podrán incorporarse a títulos de ninguna naturaleza ni denominarse acciones.

Entonces podemos decir que las sociedad de responsabilidad limitada es un intermedio entre las sociedades de personas y las de capitales, ya que para llevar la limitación de la responsabilidad a todos los socios, como en la s.a., y por la otra parte, para permitir una dirección personal y un desarrollo del objeto en base a las calidades personales de cada socio.

sábado, 13 de abril de 2013

Asamblea General. Empresa en Guatemala


ASAMBLEA GENERAL
Es el órgano supremo de la sociedad, y expresa la voluntad de los socios para ciertas materias. Se forma por los accionistas legalmente convocados y reunidos y pueden ser ordinarias o extraordinarias.
La Asamblea Ordinaria se reúne por lo menos una vez al año y tiene que discutir ciertos puntos como aprobar el estado de pérdidas y ganancias, el balance general, informe de administración, etc. así mismo nombrar y remover administradores y órgano de fiscalización y el cómo distribuir utilidades entre otras cosas.

Administrador Unico Empresa En Guatemala


ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Empresa En Guatemaa

Puede haber varios administradores (actuando en forma conjunta) o un administrador único y tienen a su cargo la dirección de los negocios de la misma. Estos administradores pueden ser o no socios y se eligen por medio de Asamblea General por un período no menor de tres años. (Se permite reelección). Las facultades las va a indicar el contrato de sociedad y la ley.

-       Representación Legal...

COMERCIANTE INDIVIDUAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Y EMPRESA MERCANTIL






COMERCIANTE INDIVIDUAL, SOCIEDAD ANONIMA Y EMPRESA MERCANTIL

El comerciante individual es aquella persona que ejercita una actividad en nombre propio con fines de lucro. Lo que hace la diferencia entre el comerciante y no comerciante pero que si realiza actos de comercio, es la habitualidad. Es decir, se mantiene en constantes actividades o similares a las siguientes: 
a.    La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios.
b.    La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.
c.     Banca, seguros y fianzas.
d.    Las auxiliares de las anteriores.

Lo importante para saber si un individuo o sociedad es comerciantes, será determinar si pueden ser sujetos para tener obligaciones y derechos (comúnmente basta con la mayoría de edad, o en el caso de las sociedades estar organizadas bajo la forma mercantil que la ley indica), y tener fines de lucro.

A continuación, un comparativo sobre el comerciante individual, la Sociedad Anónima y la Empresa Mercantil: 

Comerciante Individual: Cualquier persona física que realiza por sí mismo a través de otro individuo actividades mercantiles en forma organizada y profesional pero sobretodo con ánimo de lucro. 

Para llevar a cabo estas actividades mercantiles con fines de lucro, debe obligatoriamente constituir una empresa y registrarla dentro del Registro Mercantil. 

Sociedad Anónima (S.A.):  Tipo de Sociedad Mercantil que establece nuestro ordenamiento jurídico. Es un contrato o vínculo que une originariamente a los socios fundadores con el objeto de poner en común tanto bienes como servicios para ejercer una actividad económica y la creación de una persona jurídica con patrimonio propio. 

A los socios de la S.A. se les entregan títulos llamados acciones por su aportación al capital de la sociedad, dichas acciones se cuentan con un valor nominal, y pueden tener diferentes privilegios como el voto, etc. Por tanto, la Sociedad anónima es la que tiene el capital divido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito o a su aportación al capital de dicha sociedad. 

Empresa Mercantil Artículo 655 Código de Comercio. Se entiende por empresa mercantil el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.

Tanto el comerciante individual como la S.A. necesitan de una o varias empresas mercantiles para desarrollar sus actividades con fines de lucro. La ley guatemalteca reputa la empresa mercantil como un BIEN MUEBLE, es decir, cualquier la puede tener en propiedad, es transferible, etc.

Para más información, comunícate con nosotros. 

miércoles, 6 de marzo de 2013

RECORDATORIO VENCIMIENTO SOCIEDADES ACCIONADAS


El Registro Mercantil General de la República publicó un recordatorio sobre el vencimiento del plazo que tienen las Sociedades Accionadas para emitir Acciones Nominativas pues dejan de existir las Acciones al Portador.Favor tome en cuenta que a partir del 1 de julio de 2013 por ley se dejará de aceptar para cualquier transacción, papelería de Sociedades que aún posean dicho tipo de Acciones y sólo aceptará papelería con Acciones Nominativas.
  
Crear empresa en Guatemala


Copiando la norma relacionada a su consulta: 

"*ARTICULO 74. Transitorio.   
Se establece el plazo de dos (2) años, contados a partir de la vigencia de la presente Ley, para que las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones, reguladas en el Código de Comercio de Guatemala, Decreto Número 2-70 de Congreso de la República, que hayan emitido acciones al portador antes del inicio de la vigencia de la presente Ley, procedan a efectuar la respectiva conversión por acciones nominativas.

martes, 29 de enero de 2013

Solicitud de inscripción de comerciantes individuales y empresas Mercantiles

Solicitud de inscripción de Comerciantes individuales y empresas mercantiles ante el registro mercantil.
Utilice esta solicitud si ya posee NIT


Para este y otros trámites puede contar con la asesoría de Abogados Guatemala
Centro Legal Guatemala

Régimen General ISR, Regimen optativo ISR, Sociedades Guatemala







Impuesto Sobre la Renta –ISR-

Este  impuesto se encuentra en el Decreto 10-2012,  el cual contiene varias normativas nuevas como el tema de Precios de Transferencia. 
El ISR, se divide en cuatro categorías  de renta según su procedencia, siendo éstas las siguientes:
Rentas de  las actividades lucrativas
Rentas del trabajo
Rentas del capital y las ganancias del capital
Rentas de no residentes

De las  Actividades Lucrativas: se divide en dos regímenes
- Tasa: 25% sobre las Utilidades (Renta Imponible).
- Fecha de pago: Anualmente. Fecha límite: 31 de marzo.  Pagos anticipados trimestrales en abril, julio, octubre de cada año.  Liquidación del impuesto anualmente.
- Tasa: 7% sobre los Ingresos (Renta Bruta).
- Fecha de pago: Mensualmente por medio de retención.

Fecha límite: primeros 10 días hábiles del siguiente mes.  
Liquidación informativa Anual.

Se debe escoger entre un método u otro.  Esto permite escoger el régimen que más convenga y que menos impacto fiscal representa al inversionista. Además, permite tener una adecuada planificación fiscal cuando se poseen grupos comerciales.

Rentas del trabajo, (Personas en relación de dependencia): La obligación de efectuar la retención y pagar el impuesto a la Administración Tributaria es del patrono.

-Tasa: 5% para quienes ganan menos de Q300,000 anuales (Aprox. US$40,000)
-Fecha de pago: Retención mensual, con liquidación anual.
-Tasa: 7% sobre el exceso de Q300,000 anuales, (Aprox. US$40,000)
-Fecha de pago: Retención mensual, con liquidación anual.

Con pocas deducciones, siendo la principal una de Q38, 000 anuales que no debe ser justificada (Aprox. US$5,000).
Rentas y Ganancias de Capital: Principalmente son operaciones que no forman parte del giro normal del negocio.

-Tasa: 5% para Dividendos
-Tasa: 10% para el resto de conceptos, (rentas mobiliarias e inmobiliarias y las ganancias de capital).
-Fecha de pago: Mensualmente. 
-Fecha límite: primeros 10 días hábiles del siguiente mes.

Impuestos a no Residentes: Es una retención que la empresa local debe realizar a su proveedor del extranjero. Si la empresa local absorbe el impuesto, es gasto no deducible para efecto del Impuesto sobre la Renta.

-5% por conceptos de Transporte, seguros, telefonía, transmisión de datos, comunicaciones internacionales y los dividendos pagados a no domiciliados.
-3% por suministros de noticias, o utilización de películas cinematográficas, grabaciones musicales, fotonovelas etc.
-15% por conceptos de honorarios, sueldos, pagos a artistas y deportistas, asesoramiento financieros, científico, económico.
-25% por otros conceptos no especificados.
-Fecha de Pago: Mensualmente por medio de retención. Fecha límite: primeros 10 días hábiles del siguiente mes.